image El Ministerio de Interior adopta medidas excepcionales en la formación y en la renovación del TIP de Vigilantes de Seguridad
30/04/2020

El Ministerio de Interior adopta medidas excepcionales en la formación y en la renovación del TIP de Vigilantes de Seguridad

Estas medidas han sido adoptados con motivo de la situación de alarma en todo el territorio nacional debido a la pandemia de COVID-19

▶︎ Descargar orden BOE  INT/369/2020 (PDF)

Las dificultades de organización de acciones formativas durante el estado de alarma, y probablemente a lo largo de lo que reste del año, aconsejan que se dispense en 2020 de la parte presencial de la formación, manteniendo la carga lectiva mínima de veinte horas.

Esta medida es coherente con las medidas de contención en el ámbito educativo, y de la formación en general, previstas en el artículo 9 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

En segundo lugar, la declaración del estado de alarma, igualmente, dificulta la renovación de las TIP del personal de seguridad privada. El artículo 14.2 de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, establece que la tarjeta de identidad profesional tendrá un período de validez de diez años, a contar desde la fecha de su expedición.

Aunque existe la posibilidad de remitir la documentación necesaria para la renovación de la TIP por correo postal, los vigilantes de seguridad deben acompañar un informe de aptitud psicofísica para prestar servicios de seguridad privada. Siendo la exigencia de este requisito razonable, las dificultades prácticas para que se produzca el desplazamiento y la exigencia del máximo distanciamiento social en estos momentos, aconsejan la extensión de la validez de las TIP del personal de seguridad privada. Por ello, en caso de caducidad de la TIP durante el estado de alarma, esta orden prevé una prórroga análoga a la establecida para la renovación de otras autorizaciones, licencias y permisos (como el documento nacional de identidad, el permiso de conducción o determinadas licencias de armas) por distintas normas aprobadas a partir del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. 

Formación permanente de los vigilantes de seguridad. 

Durante el año 2020, los cursos anuales de actualización o especialización para los vigilantes de seguridad a los que se refieren el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, y el artículo 7 de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, podrán realizarse exclusivamente de forma no presencial. 

Prórroga de la vigencia de la tarjeta de identidad profesional del personal de seguridad privada. 

Las tarjetas de identidad profesional del personal de seguridad privada cuya vigencia venza durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogadas hasta seis meses después de su finalización.

▶︎ Descargar orden BOE  INT/369/2020 (PDF)

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