El GPS de los coches de empresa que utilicen los empleados, debe estar apagado fuera del horario laboral
La empresa tiene que garantizar a l@s representantes/as de l@s trabajadores/as que el dispositivo de geolocalización implantado en los vehículos de motor utilizados por l@s trabajadores/as no estará operativo a partir del momento en que finalice la jornada laboral.
- Esta sentencia es aplicable a los vehiculos utilizados en seguridad privada tales como escoltas, tecnicoa de alarma, acudas, etc
El GPS de los coches de empresa también tiene que cumplir la jornada laboral. Esta afirmacion se desprende de la reciente sentencia del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, SALA DE LO SOCIAL, SENTENCIA 3058/2017 DE 27 DIC. 2017, REC. 2241/2017, la cual recoge que La empresa tiene que garantizar a l@s representantes/as de l@s trabajadores/as que el dispositivo de geolocalización implantado en los vehículos de motor utilizados por l@s trabajadores/as no estará operativo a partir del momento en que finalice la jornada laboral.
CONFLICTO COLECTIVO. DERECHOS DEL TRABAJADOR.
Obligación de la empresa de garantizar que el dispositivo de geolocalización implantado en los vehículos de motor utilizados por los trabajadores no estará operativo a partir del momento en que finalice la jornada laboral. El poder de la empresa para imponer las medidas implantadas de captación y tratamiento de datos finaliza al terminar la jornada laboral, momento en el que también la relación laboral deja de constituir el vínculo entre las partes que ampara al empleador para imponer las medidas implantadas de captación y tratamiento de datos. Por tanto, al finalizar la relación laboral, y ante la falta de consentimiento de los trabajadores que impide al empresario recoger datos de localización fuera del tiempo de trabajo, la empresa está obligada a desactivar el sistema de posicionamiento global instalado de forma que no capte datos.
El TSJ Asturias estima el recurso de suplicación interpuesto por el sindicato contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Gijón en proceso sobre conflicto colectivo revocando la sentencia de instancia y condenando a la empresa a garantizar que el dispositivo de GPS implantado en los vehículos no estará operativo a partir del momento en que finalice la jornada laboral.
Fuente disponible <https://jmcasero.com/2018/04/10/nueva-sentencia-sobre-geolocalizacion-y-jornada-laboral/>