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29/05/2018 http://transportes.fesmcugt.org/noticia/ugt-valora-la-aplicacion-del-mlc-en-la-flota-maritima-espanola-id-11406.htm

UGT valora la aplicación del MLC en la flota marítima española

Desde su entrada en vigor en el año 2013, se organiza en España, con carácter anual, un encuentro tripartito con el objetivo de poner en común los avances y desafíos en la aplicación del Convenio sobre Trabajo Marítimo (MLC).

Desde su entrada en vigor en el año 2013, se organiza en España, con carácter anual, un encuentro tripartito con el objetivo de poner en común los avances y desafíos en la aplicación del Convenio sobre Trabajo Marítimo (MLC), norma internacional que fue adoptada en el año 2006 por la OIT (Organización Internacional del Trabajo).

En esta ocasión, el pasado 24 de mayo, fue el Puerto de Bilbao el que acogió la IV Jornada tripartita sobre la aplicación del Convenio sobre Trabajo Marítimo (MLC), a la que asistió, entre otros representantes del sector, José Manuel Pérez-Vega, secretario federal del Sindicato Marítimo-Portuario de FeSMC-UGT.

¿Qué es el MLC?

El MLC fija, en un sólo instrumento, el derecho de los marinos a condiciones de trabajo decentes en casi todos los aspectos de su entorno laboral y vital, incluyendo, entre otros, la edad mínima, los acuerdos laborales, las horas de descanso, el pago de salarios, las vacaciones anuales pagadas, la repatriación a término de contrato, la atención médica a bordo, el uso de servicios privados autorizados de contratación y colocación, el alojamiento, la alimentación y el servicio de comidas, la protección de la seguridad y la salud y la prevención de accidentes, y los procedimientos de tramitación de quejas de los marineros.

José Manuel Pérez-Vega, responsable del Sindicato Marítimo-Portuario de UGT, intervino en estas jornadas para hacer una valoración sindical sobre la importancia que el convenio sobre trabajo marítimo (MLC) tiene para los trabajadores del mar y la aplicación de esta norma en nuestro país, especialmente en aspectos relativos a salarios, derechos de repatriación, tiempos de trabajo y descanso, definición de “gente del mar”, etc.

Las administraciones marítimas deben hacer cumplir la norma

Pérez-Vega recordó que las inspecciones del MOU de París –organismo europeo que inspecciona las embarcaciones en los puertos de este continente para verificar que cuentan con las medidas de seguridad– ponen de manifiesto que “muchas de las deficiencias de buques detenidos tienen relación con incumplimientos del MLC”. En este sentido, el portavoz de UGT denunció la importancia de que las administraciones marítimas hagan que se cumpla la norma y puso el foco en “la existencia de navieras y navieros que no están cumpliendo el Convenio”.

En lo referente a las competencias de España respecto a las incidencias en la aplicación del MLC, el responsable de UGT señaló, directamente, a “un problema que genera la estructura administrativa española” y que numerosos Estados “han resuelto con la creación de un Ministerio del Mar que actúa y legisla sobre todos los asuntos marítimos del país”. En definitiva, de lo que se trata, más allá del nombre que pueda recibir el ente público en cuestión, es de que el Estado “a través de un ordenamiento consecuente y lógico, asuma y centralice todo lo que compete a la mar, sus trabajadores y trabajadoras y al negocio marítimo”.