¿Tu empresa se retrasa en el abono de tu nomina? Pide resolución del contrato como si fuese un despido improcedente
Esta reforma refuerza la seguridad económica de los empleados. No ignores tus derechos: el impago salarial es una vulneración grave que la ley sanciona con herramientas efectivas.
En España, los trabajadores cuentan con herramientas legales para defenderse ante retrasos reiterados en el pago de sus salarios. Según el Estatuto de los Trabajadores (artículo 50.1.c), si un empleador acumula 15 días de retraso en el abono del sueldo (o 30 días si el pago es fraccionado), el empleado tiene derecho a rescindir su contrato con justa causa. Esto implica dos garantías clave:
- Indemnización: Equivalente a la de un despido improcedente (33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades).
- Acceso al paro: Podrá solicitar la prestación por desempleo, al tratarse de una extinción voluntaria por causa justificada.
Además, el trabajador puede optar por reclamar judicialmente los salarios pendientes más intereses (un 10% anual desde la fecha del impago), sin necesidad de dejar el empleo.
Es fundamental documentar los retrasos (nóminas impagadas, comunicaciones con la empresa) para respaldar cualquier acción legal. Ante la duda, consultar con la asesoría laboral de UGT para garantizar ejercer los derechos correctamente.
Recomendaciones muy importantes:
- Actúa rápido: Los retrasos reiterados son señal de riesgo financiero en la empresa.
- Asesoramiento profesional en UGT: Un abogado laboralista del sindicato puede guiarte en la reclamación o negociación.
- Alternativas: Si prefieres mantener el puesto, exige por escrito el pago inmediato y solicita mediación laboral.