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23/06/2021

SICOR SEGURIDAD | UGT consigue reducir el uso de la corbata en los Centros Comerciales El Corte Ingles

La firma del acuerdo con la empresa SICOR reduce sustancialmente la obligación de llevar corbata por parte de los Vigilantes de Seguridad asignados al Corte Ingles en el territorio Nacional durante el periodo estival

Con la firma del acuerdo la Mercantil se compromete por escrito a eliminar la corbata prácticamente en la totalidad de puestos asignados en el Corte Inglés manteniendo el uso de la misma solamente en tiendas durante su apertura al público coincidiendo con la refrigeración de las mismas. 

UGT mediante el acuerdo suscrito resuelve con inmediatez el que un número importante de vigilantes de seguridad dispuestos en instalaciones del Corte Ingles no deban portar la corbata durante la prestación de sus servicios en época estival. 

Contrariamente a lo que han venido difundiendo desde otras centrales sindicales al respecto sobre el uso de la corbata en la uniformidad de verano, la Orden del Ministerio de Interior 318/2011 de 1 de febrero en su artículo 21 deja a facultad de la empresa el incorporar la corbata en la uniformidad estival, situación avalada desde la Unidad Central de Policía en consulta expresa realizada a tales efectos. Dicha situación conlleva a una más que dudosa posibilidad de obtener mediante Sentencia que los vigilantes quedaran exentos del uso de corbata durante época estival, situación que sí venia amparada legalmente en aplicación de la Orden de 7 de Julio de 1995, pero que deja sin efecto la ya citada Orden de Interior 318/2011. 

La presión ejercida por el Sindicato de Seguridad de UGT en Madrid mediante la interposición de un Instituto Laboral contra la empresa Sicor ha sido pieza fundamental para la búsqueda de un acuerdo que, si bien mantiene la corbata durante la prestación de los servicios en tiendas del Corte Ingles durante la apertura al público, exime de la misma al resto de posiciones de seguridad donde SICOR presta sus servicios a lo largo del territorio nacional para el mencionado cliente. 

Este acuerdo además cumple con la inmediatez suficiente de solucionar el problema para este mismo verano eludiendo una resolución judicial que sin duda su resultado se produciría pasada la época estival y que además no cuenta con excesivos visos de prosperar. En todo caso las partes firmantes del Acuerdo estarán condicionadas a lo dispuesto en cualquier modificación Ministerial o judicial que se pueda producir en el futuro.