• viernes, 25 de abril de 2025
image Mejoras sociales y económicas en el ERE voluntario de Iberia
05/09/2017

Mejoras sociales y económicas en el ERE voluntario de Iberia

En UGT hemos marcado como líneas fundamentales de negociación el conseguir mejoras económicas y sociales respecto del ERE actual 187/14, así como conseguir una garantía de empleo que acompañe al nuevo ERE de carácter voluntario.

UGT informa al conjunto de los trabajadores de Iberia que, después de tres semanas de negociaciones en el periodo de consultas, se ha alcanzado un acuerdo en la Comisión Negociadora del ERE.

En UGT hemos marcado como líneas fundamentales de negociación el conseguir mejoras económicas y sociales respecto del ERE actual 187/14, así como el conseguir una garantía de empleo que acompañe al nuevo ERE de carácter voluntario, para todos los trabajadores de la Compañía.

Es importante recalcar que, desde UGT, inicialmente pedimos la eliminación de la Disposición Final Quinta que se acordó durante el ERE 187/14, entendiendo que aunque la Empresa la ha utilizado en casos muy concretos, su uso, aunque mejoraba el marco legal que permite el Estatuto de los Trabajadores, ha sido controvertido y lesivo.

En este sentido, la empresa ha marcado una línea roja en la negociación sobre la citada Disposición Final Quinta, si bien considerando necesario un entendimiento para alcanzar un acuerdo, ha atendido a las principales demandas de modificación de esta Disposición que desde UGT le hemos planteado:

  • Eliminar la unilateralidad de aplicación por parte de la Empresa, necesitando la aprobación de la Representación de los Trabajadores en la Comisión de Seguimiento del ERE que debe conformarse.
  • Aumentar de 21 a 25 los días de indemnización en el supuesto de extinción de contrato.
  • Reconocer un derecho preferente de recolocación a aquellos trabajadores que les sea aplicada esta disposición, en aquellos casos en los que la Compañía decida recuperar el puesto de origen del trabajador.
  • Trasladar a la Comisión de Seguimiento del ERE aquellos supuestos de trabajadores afectados por la Disposición Final Quinta en el anterior ERE 187/14 y que ahora quieran acogerse a alguna de las modalidades del Nuevo ERE, para garantizar que sus salarios reguladores consideren sus ad personam derivados de la novación.

Mejoras económicas respecto al ERE 187/14

Sobre las mejoras económicas, desde UGT destacamos el haber conseguido un incremento de 1% sobre las tablas para el 2017 para aquellos trabajadores que se acojan a las modalidades de Baja Incentivada y Prejubilación durante el año 2018. Por otro lado, aquellos trabajadores que se acojan a las modalidades de Baja Incentivada y Prejubilaciones durante el 2019 tendrán un incremento del 2% sobre las tablas del 2017, sin perjuicio de que en la próxima negociación de Convenio Colectivo se acuerde un porcentaje superior, en cuyo caso se aplicará éste.

Por otro lado, aquellos trabajadores que se acojan a las modalidades de Baja Incentivada o Prejubilación durante el año 2017, se ha pedido que el posible incremento derivado de lo recogido en convenio vinculado al EBIT del 2017, les sea tenido en cuenta a la hora de del cálculo de las retribuciones dinerarias o salario regulador, según corresponda.

En el marco de los TCP (Tripulantes de Cabina de Pasajeros) y dentro de la reivindicación de mejoras económicas, se han revisado al alza las cantidades del salario regulador para las prejubilaciones quedando definitivamente en:

  • 2.422,82€ si la extinción del contrato se produce en 2017.
  • 2.447,05€ si la extinción del contrato se produce en 2018.
  • 2.471,52€ si la extinción del contrato se produce en 2019.

Mejoras sociales respecto al ERE 187/14

Desde UGT se ha reivindicado el que se puedan acoger con carácter voluntario a las diferentes modalidades del nuevo ERE todos los trabajadores fijos en la Empresa, a diferencia del anterior ERE en el que sólo podían acogerse los trabajadores fijos de actividad continuada a tiempo completo. En los supuestos de trabajadores fijos a tiempo parcial y fijos discontinuos, el cálculo de sus retribuciones dinerarias de las Bajas Incentivadas y el salario regulador de las Prejubilaciones se harán tomando las realmente percibidas en los 12 meses anteriores.

UGT ha pedido que se regulen las situaciones derivadas de las jubilaciones anticipadas buscando un marco garantista para los trabajadores:

  • Para las aportaciones al Concierto Colectivo de Vida (Mapfre). La Empresa hará una aportación única a la aseguradora por la cantidad que correspondiente al total de las cuotas que debería abonar hasta que el trabajador cumpliera los 65 años.
  • Para la liquidación de la indemnización del ERE. La Empresa hará el pago al trabajador del total de la indemnización pendiente de recibir en el momento de acogerse a la jubilación anticipada.
  • Para las aportaciones pendientes de pago al Fondo Social de Tierra (Loreto). La Empresa hará un pago al trabajador en el momento del abono de la parte pendiente de la indemnización, por el importe total de la cantidad que le correspondería aportar a Loreto hasta que el trabajador tenga 65 años.

Dentro de la modalidad de Novación a Contrato Estable, desde UGT hemos demandado una garantía para que aquellos trabajadores que se acojan a esta medida no tengan problemas con el SEPE a la hora de percibir la prestación por desempleo, dando como  resultado la modificación de la modalidad que pasa a denominarse Reducción Temporal de Jornada. Además, se ha garantizado un marco de negociación para regular el teletrabajo en el próximo Convenio Colectivo.

Además, se ha exigido como condición al acuerdo  por parte de UGT, el acompañamiento del ERE de una garantía de empleo para todos los trabajadores en activo en la Compañía hasta el 31/12/2019